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GUIA DE TRAMITES
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| PARTE
II - TRÁMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA |
| INSCRIPCIÓN
EN EL REGISTRO MERCANTIL |
| Objeto del Registro |
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- El Registro Mercantil tiene
por objeto:
- a) La inscripción de
los empresarios y demás sujetos establecidos por la
Ley, y de los actos y contratos relativos a los
mismos que determinen la Ley y este Reglamento.
- b) La legalización de
los libros de los empresarios, el nombramiento de
expertos independientes y de auditores de cuentas y
el depósito y publicidad de los documentos contables.
- c) La centralización y
publicación de la información registral.
| Obligatoriedad de inscripción |
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- Será obligatoria la
inscripción en el Registro Mercantil de:
- Los empresarios individuales navieros.
- Las sociedades mercantiles.
- Las sociedades de garantía recíproca.
- Las cooperativas de crédito, las mutuas y cooperativas de seguros y mutualidades de previsión social.
- Las sociedades de inversión colectiva.
- Las agrupaciones de interés económico.
- Las cajas de ahorro.
- Los fondos de inversión.
- Los fondos de pensiones.
- Las sucursales de cualquiera de los sujetos anteriormente indicados.
- Las sucursales de sociedades extranjeras y de otras entidades extranjeras con personalidad jurídica y fin lucrativo.
- Las sociedades extranjeras que trasladen su domicilio a territorio español.
- Cualesquiera personas naturales o jurídicas, cuando así lo disponga la ley.
- También corresponde al
Registro Mercantil la legalización de los libros de los
empresarios y sociedades, el depósito y la publicidad de
los documentos contables y cualquier función atribuido
por las leyes.
| Documentación necesaria para la
inscripción |
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- Deberá presentarse al
Registro Mercantil para la inscripción la sociedad:
- Original de la
escritura pública de constitución de la sociedad,
en la que aparezca el sello que justifique que ha
sido pogado el Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Fotocopia del C.I.F. (Código
de Identificación Fiscal).
- Una provisión de 25.000
pesetas.
| Plazo para la inscripción |
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- La inscripción se llevará
a cabo dentro del mes siguiente al otorgamiento de la
escritura de constitución.
| Lugar de presentación de la escritura
de constitución |
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- La inscripción se
practicará en el registro correspondiente al domicilio
de la sociedad.
- En el mismo registro se
legalizarán los libros, se nombran expertos
independientes y auditores, se depositarán los
documentos contables, etc...
| Direcciones |
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Arenal, 3, 2º
Teléfono: 974-22.10.55
Plaza Bretón,
6
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Plaza Mariano
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- ASTURIAS:
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c\ MAYORAZU, 4
Código Postal 33010
Teléfono 98 -5208047
Fax 98 -5208844
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